CONSIDERANDO I: Que, el Tribunal de Sentencia Segundo de la ciudad de Santa Cruz,
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL LIQUIDADORA
Auto Supremo: No. 450/2013
Fecha: Sucre, 25 de septiembre de 2013
Distrito: Santa Cruz
Expediente: 125/10
Partes: Ministerio Público c/ Ariel Humberto Flores Zabala, Sergio Denis
Navarro Argote y Edwin Saul Navarro Argote
Delitos: Violación de Niño, Niña o Adolescente con agravante (Arts. 308 bis,
310 núm. 2) y 3); Cód. Penal)
Recurso: Casación
____________________________________________________________________
VISTOS.- El Recurso de Casación de Fs. 631 a 635 interpuesto por el procesado Ariel Humberto Flores Zabala, impugnando el Auto de Vista de fecha 15 de junio de 2010 que cursa de Fs. 613 a 614 Vlta, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en contra de los Imputados Ariel Humberto Flores Zabala, Sergio Denis Navarro Argote y Edwin Saul Navarro Argote por la presunta comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente con agravante previsto y sancionado por el (Arts. 308 bis, 310 núm. 2) y 3) del Cód. Penal), los antecedentes de la causa, y;
CONSIDERANDO I: Que, el Tribunal de Sentencia Segundo de la ciudad de Santa Cruz, previa sustanciación del juicio oral y contradictorio, pronunció la Sentencia de grado No. 05/10 de fecha 9 de marzo de 2010 de Fs. 524 a 530 Vlta., se evidencia que en el CONSIDERANDO de Fs. 525, en aplicación a los Arts. 87-1) y 90 del Cód. de Pdto. Penal se los declaró rebeldes a lo procesados Sergio Denis Navarro Argote y Edwin Saul Navarro Argote en consecuencia, se suspende el juicio en contra de los acusados rebeldes
SALA PENAL LIQUIDADORA
Auto Supremo: No. 450/2013
Fecha: Sucre, 25 de septiembre de 2013
Distrito: Santa Cruz
Expediente: 125/10
Partes: Ministerio Público c/ Ariel Humberto Flores Zabala, Sergio Denis
Navarro Argote y Edwin Saul Navarro Argote
Delitos: Violación de Niño, Niña o Adolescente con agravante (Arts. 308 bis,
310 núm. 2) y 3); Cód. Penal)
Recurso: Casación
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VISTOS.- El Recurso de Casación de Fs. 631 a 635 interpuesto por el procesado Ariel Humberto Flores Zabala, impugnando el Auto de Vista de fecha 15 de junio de 2010 que cursa de Fs. 613 a 614 Vlta, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en contra de los Imputados Ariel Humberto Flores Zabala, Sergio Denis Navarro Argote y Edwin Saul Navarro Argote por la presunta comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente con agravante previsto y sancionado por el (Arts. 308 bis, 310 núm. 2) y 3) del Cód. Penal), los antecedentes de la causa, y;
CONSIDERANDO I: Que, el Tribunal de Sentencia Segundo de la ciudad de Santa Cruz, previa sustanciación del juicio oral y contradictorio, pronunció la Sentencia de grado No. 05/10 de fecha 9 de marzo de 2010 de Fs. 524 a 530 Vlta., se evidencia que en el CONSIDERANDO de Fs. 525, en aplicación a los Arts. 87-1) y 90 del Cód. de Pdto. Penal se los declaró rebeldes a lo procesados Sergio Denis Navarro Argote y Edwin Saul Navarro Argote en consecuencia, se suspende el juicio en contra de los acusados rebeldes
- CONSIDERANDO I: Que, el Tribunal de Sentencia Segundo de la ciudad de Santa Cruz,
- CONSIDERANDO II
- Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito de la ciudad de Santa
- 2) SEGUNDO MOTIVO
- 3) TERCER MOTIVO
- 1) Que, en el recurso de Apelación Restringida acusó claramente la inobservancia o errónea aplicación
- 3) Se indica que: a) se ha incurrido en inobservancia de la norma sustantiva, b)
- CONSIDERANDO IV: Que, desde una perspectiva amplia, señala ORTELLS RAMOS, el medio de impugnación se
- Que, en el contexto antes señalado, el sistema procesal penal vigente en el país ha
- CONSIDERANDO V: Que, ingresando a la consideración de las condiciones de admisibilidad del Recurso de
- Que, en el contexto antes descrito, se tiene que el recurrente se limitó a expresar
- POR TANTO: La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, en cumplimiento del art
- Regístrese y hágase saber y devuélvase
- Magistrada Relatora: Dra. Maria Lourdes Bustamante Ramírez
