Se pretendería el rechazo de oficio de la ejecución del laudo arbitral por supuestamente ser
Se pretendería el rechazo de oficio de la ejecución del laudo arbitral por supuestamente ser contrario al orden público y ser afectado el Estado, sin considerar que la jurisprudencia y doctrina constitucional vinculante, los principios fundamentales y las garantías no pueden desconocer situaciones ya resueltas con el sello de cosa juzgada bajo el pretexto de retroactividad de la ley 004 como habría determinado el Tribunal Constitucional, que en el caso se alteraría derechos adquiridos en proceso legal, que la normativa Constitucional pertinente determinaría que no existe la posibilidad de revisión de sentencias que tengan calidad de cosa juzgada
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Se hace referencia a la Resolución de amparo de 12 de octubre de 2001 que
- Se hace mención a Sentencias Constitucionales como el Nº 1273/2005 de 14 de octubre, 0966/2010
- Se pretendería el rechazo de oficio de la ejecución del laudo arbitral por supuestamente ser
- Que, para evidenciar la aplicación indebida y errónea y falsa de la Ley 1770 y
- Se ingresa a considerar aspectos de fondo relacionados a la aplicación de normas que dice
- En Otrosí aclara que el recurso resulta viable al amparo de lo previsto por
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Consecuentemente, en base a los fundamentos expuestos corresponde emitir Resolución en la forma prevista por
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Registrado en el Libro de Tomas de Razón: Quinto
