Consecuentemente, conforme lo expuesto corresponde dar aplicación a los arts
Consecuentemente, conforme lo expuesto corresponde dar aplicación a los arts. 271.4) y 274 del CPC, aplicables por mandato de la norma remisiva contenida en los arts. 633 del RCSS y 15 del MPRCPA aprobado por RS Nº 10.0.0.087 de 21 de julio de 1997. Salvándose los derechos que a la actora le puedan asistir a partir del nuevo certificado obtenido, siempre y cuando cumpla con las disposiciones mencionadas
- Ante el recurso de reclamación por parte de la asegurada (fs
- En recurso de apelación deducido por Neida Juana Parada Saravia (fs
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista Nº 53
- Que así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los datos del
- Por lo que cabe señalar previamente que la Constitución Política del Estado (CPE) anterior en
- En ese sentido, corresponde señalar que, iniciado el trámite administrativo de solicitud de Renta Única
- Donde, interpuesto el recurso de reclamación (fs
- Advirtiéndose además que a momento de presentar su recurso de apelación adjunto Certificado de Nacimiento,
- Bajo dicho contexto, el SENASIR en su recurso de casación, centrando principalmente el sustento
- Si bien es cierto que al momento de su apelación adjuntó documentación de fs
- Asimismo, se debe convenir que tratándose de un certificado de nacimiento nuevo y diferente que
- Por lo que se concluye que en la especie, el Tribunal de Alzada al revocar
- Consecuentemente, conforme lo expuesto corresponde dar aplicación a los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia con la
- Sin responsabilidad de multa por ser excusable
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
