Donde, interpuesto el recurso de reclamación (fs
Donde, interpuesto el recurso de reclamación (fs. 48), se emitió la Resolución Nº 0504/10 de 10 de noviembre (fs. 64 a 67), que resolvió confirmar el Auto Nº 06156 de 13 de agosto de 2003 cursante a fs. 41 de obrados, emitida por la Comisión de Calificación de Rentas, advirtiéndose que el SENASIR antes de emitir dicha Resolución solicitó a la Dirección Nacional de Registro Civil que se informe respecto del Certificado de Nacimiento adjuntado por la asegurada en el que se consignaba como fecha de nacimiento en 25 de agosto de 1944, libro 2-48, partida Nº 110 (fs. 21), en cuya consecuencia se emitió el informe O.J.I. Nº 325/2010 de 30 de agosto de 2010 a fs. 57 que señaló que dentro de los registros de la Base de Datos Nacional y Consular de Registro Civil no se encontró ninguna partida de nacimiento a nombre de Neida Juana Parada Sarabia y que el Libro 2-48 no existiría por lo que se consideraría a la Partida 110 inexistente
- Ante el recurso de reclamación por parte de la asegurada (fs
- En recurso de apelación deducido por Neida Juana Parada Saravia (fs
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista Nº 53
- Que así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los datos del
- Por lo que cabe señalar previamente que la Constitución Política del Estado (CPE) anterior en
- En ese sentido, corresponde señalar que, iniciado el trámite administrativo de solicitud de Renta Única
- Donde, interpuesto el recurso de reclamación (fs
- Advirtiéndose además que a momento de presentar su recurso de apelación adjunto Certificado de Nacimiento,
- Bajo dicho contexto, el SENASIR en su recurso de casación, centrando principalmente el sustento
- Si bien es cierto que al momento de su apelación adjuntó documentación de fs
- Asimismo, se debe convenir que tratándose de un certificado de nacimiento nuevo y diferente que
- Por lo que se concluye que en la especie, el Tribunal de Alzada al revocar
- Consecuentemente, conforme lo expuesto corresponde dar aplicación a los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia con la
- Sin responsabilidad de multa por ser excusable
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
