En todo caso si, en criterio de la recurrente, la resolución recurrida violó las normas
En todo caso si, en criterio de la recurrente, la resolución recurrida violó las normas del procedimiento, ello haría referencia a errores in procedendo en la sustanciación del proceso, los cuales corresponden ser observados y denunciados a través del recurso de casación en la forma; dado que la supuesta falta de fundamentación de las resoluciones –en este caso sobre las costas- y lo referente a plazos en el proceso –en este caso la denunciada extemporaneidad-, son cuestiones de procedimiento que no pueden ser resueltas mediante el recurso de casación en el fondo
- I. VISTOS
- Que tramitada la causa, el Juez Décimo Quinto de Partido en lo Civil de la
- Contra ese auto, la demandante interpuso recurso de reposición bajo alternativa de apelación, que fue
- Contra esa resolución, la demandada planteó el recurso de casación cursante a fojas 225 a
- 3.1. Denuncias del Recurso de Casación
- 3.4. Fundamentos del Fallo.- Así planteado el recurso, corresponde efectuar las siguientes consideraciones
- En ambos casos, son de cumplimiento obligatorio los requisitos establecidos en el artículo 258 inciso
- En el caso de autos, a pesar de que la recurrente menciona que su recurso
- En todo caso si, en criterio de la recurrente, la resolución recurrida violó las normas
- En consecuencia, al no haber cumplido la recurrente con la carga legal prevista en el
- IV. POR TANTO
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- Primera Magistrada Relatora Dra
- Regístrese, Notifíquese y Devuélvase.
