Auto Supremo AS/0523/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0523/2014

Fecha: 09-Oct-2014

Del estudio del Recurso de Casación de Armando Siles Francose establece como motivos del mismo

CONSIDERANDO V: (Sobre los fundamentos de Casación y conclusiones)
Que, del análisis de antecedentes y fundamentos planteados por el recurrente, contrastados con el Auto de Vista recurrido se tiene las siguientes conclusiones de orden legal:
Del estudio del Recurso de Casación de Armando Siles Francose establece como motivos del mismo los siguientes aspectos:
1.- Con relación a los puntos 1, 2 y 3 se establece que se relacionan entre sí por tratarse de la deliberación de la Sentencia,que el recurrente alega se vulneró el art. 359 y 365, que se refiere a las normas para su deliberación y votación, como también a la Sentencia Condenatoria, del Código de Procedimiento Penal, revisado y analizado el Auto de Vista se establece que: La facultad de valorar la prueba corresponde con exclusividad al Juez o Tribunal de Sentencia, quien al dirigir el Juicio Oral y recibir la prueba, adquiere convicción a través de la apreciación de los elementos y medios de prueba; convicción que se traduce en el fundamento de la sentencia que lleva el sello de la coherencia y las reglas de la lógica; consiguientemente, el Tribunal de Alzada sin necesidad de anular la Sentencia Apelada corrige con una nueva Sentencia, el error cometido por el Tribunal de Sentencia Nº 1 de la Capital porque no habría realizado una correcta subsunción de los hechos fácticos probados en el Juicio, a la tipificación correspondiente dentro las figuras Penales contempladas por la Ley Nº 1008 y que el tribunal de Alzada lo realiza correctamente de acuerdo al art. 414 del Código de Procedimiento Penal