Auto Supremo AS/0523/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0523/2014

Fecha: 09-Oct-2014

En su recurso de Casación el recurrente Armando Siles Franco plantea los siguientes precedentes

De la Invocación del Precedente Contradictorio.- Que, de conformidad a lo previsto por el art. 416 del Código de Procedimiento Penal, el momento procesal oportuno para la invocación de los precedentes contradictorios es en la formulación del Recurso de Apelación Restringida, verificado el mismo que cursa en Autos de fs. 177 a 180
En su recurso de Casación el recurrente Armando Siles Franco plantea los siguientes precedentes:
Auto Supremo N° 169 de 3 de julio de 2005
Auto Supremo Nº 49 de 6 de febrero de 2002
ONSIDERANDO III: (Procedibilidad ante un Recurso de Casación)
Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por un lado, fijar la jurisprudencia, entendiendo por tal la proclamación en abstracto de la Doctrina Legal, fijando, con ello, la interpretación que ha de darse a los textos legales; y, por otro, enmendar las infracciones de Ley o de Doctrina que los Tribunales hayan cometido en la tramitación o resolución de los juicios