b) La sentencia es clara y concisa en cuanto a la valoración de la prueba
b) La sentencia es clara y concisa en cuanto a la valoración de la prueba respecto del delito contenido en el art. 198 del CP, por lo que no es necesario que el Tribunal de apelación revalorice la prueba
- Por memorial presentado el 30 de agosto de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)El 25 de agosto de 2014 (fs
- 2)Reclama la violación del art. 413 con relación al art. 124 del CPP, arguyendo que
- b) La sentencia es clara y concisa en cuanto a la valoración de la prueba
- c) Tanto el Tribunal Supremo, Tribunal Constitucional, Jueces y Vocales, están en la tarea de
- Cita como precedentes contradictorios, los Autos Supremos 414/2009 de 10 de agosto, 176/2012 de 16
- conforme la disposición contenida en el art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- A lo señalado, se añade un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En cuanto al requisito referido al plazo establecido en el primer párrafo del art
- apelación, respecto a la pena mínima impuesta a la co-acusada Fanny Soledad Molina Rada,
- Como segundo motivo, el recurrente reclama la violación de los arts
- Firmado
