c)Notificada la recurrente con el referido Auto de Vista, el 15 de abril de 2014
c)Notificada la recurrente con el referido Auto de Vista, el 15 de abril de 2014 (fs. 338), interpone recurso de casación el 21 del mismo mes y año, que ahora es objeto del presente análisis de admisibilidad
- El recurso de casación interpuesto por Valentina Quispe de Paucara, presentado el 21 de abril
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- c)Notificada la recurrente con el referido Auto de Vista, el 15 de abril de 2014
- Del examen del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)Como un segundo agravio, y bajo el acápite denominado “ERRORES IN PROCEDENDO” (sic), el recurrente,
- 3)Continuando con la expresión de agravios, la recurrente invoca y transcribe la doctrina legal contenida
- El art
- establecido por el Código de Procedimiento Penal, el recurso de casación dada su función nomofiláctica,
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constata que la recurrente cumple con el primer requisito
- Del análisis del primer motivo del recurso de casación sometido a conocimiento de este Tribunal,
- En cuanto al segundo motivo, referido a la presunta vulneración del principio de continuidad del
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Firmado
