i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos prescritos en los arts. 416 y 417 del citado cuerpo legal, cuales son:
i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con el Auto de Vista impugnado o en su caso con el Auto de Complementación, ante la Sala que emitió la resolución impugnada
- El recurso de casación interpuesto por Valentina Quispe de Paucara, presentado el 21 de abril
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- c)Notificada la recurrente con el referido Auto de Vista, el 15 de abril de 2014
- Del examen del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)Como un segundo agravio, y bajo el acápite denominado “ERRORES IN PROCEDENDO” (sic), el recurrente,
- 3)Continuando con la expresión de agravios, la recurrente invoca y transcribe la doctrina legal contenida
- El art
- establecido por el Código de Procedimiento Penal, el recurso de casación dada su función nomofiláctica,
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constata que la recurrente cumple con el primer requisito
- Del análisis del primer motivo del recurso de casación sometido a conocimiento de este Tribunal,
- En cuanto al segundo motivo, referido a la presunta vulneración del principio de continuidad del
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Firmado
