Y continua refiriendo que en el caso presente, se habría demostrado, con la argumentación ya
La emisión de una resolución, sea sentencia y/o Auto de Vista, sería el resultado de la objetividad, la probidad y contendría decisiones expresas, positivas y precisas y recaería sobre las cosas litigadas, en la manera en que hubieran sido demandadas. Ahora bien, el recurso de casación, constituido como una demanda nueva de puro derecho, la misma refiere que debe ser planteada por dos conceptos claramente definidos en los arts. 253 y 254 del procedimiento civil, desglosando al efecto de manera textual todas las causales de procedencia del recurso de casación en el fondo.
Y continua refiriendo que en el caso presente, se habría demostrado, con la argumentación ya desglosada que el Tribunal de Alzada incurrió en un error de fondo en la apreciación de la prueba por la que se determina que su persona es co-heredero y el bien sujeto a una herencia divisible, cuando los hechos y las pruebas demuestran lo contrario, nos conduciría a establecer que en el caso presente procede la casación en el fondo
- Proceso: Usucapión
- Distrito: Cochabamba
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Que en el presente proceso no solo que no existe declaratoria de herederos que vincule
- Entonces cuando se determina en el Auto de Vista impugnado que la demanda de usucapión
- Y continua refiriendo que en el caso presente, se habría demostrado, con la argumentación ya
- Por su lado, en lo que se refiere a la casación en la forma, deja
- Por lo precedentemente expuesto, en atención a la argumentación desglosada precedentemente y, en sujeción a
- El art
- Este último fundamento se encuentra expresamente desarrollado por el art
- De donde se concluye que el Tribunal Ad quem, al haber decidido a través del
- Por lo anteriormente señalado, corresponde resolver en la forma prevista en el 271 núm
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Siendo excusable el error, no se impone multa a los Vocales signatarios
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
