DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
CONSIDERANDO II
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
1.- Manifiestan las recurrentes que el recurso de apelación expone en forma clara y precisa los agravios como ser: vicios procesales en la tramitación del proceso por falta de citación a Derechos Reales, omisión en la notificación con la excepción Perentoria extintiva de caducidad saliente de fs. 20 a 22; errores en el Auto que traba la relación procesal sobre los cuales el Tribunal no se hubiera pronunciado; que en el punto seis del Inc. II de la apelación se observa que el incidente de nulidad de notificación interpuesto por Xavier Eduardo Barrón no ha sido resuelto; en el numeral 8) se hace una observación de las atribuciones que se subroga indebidamente el Juez de primera instancia solicitando mediante decreto de 3 de mayo de 2013, prueba documental, siendo que la misma solo puede ser presentada con la demanda, la reconvención y con la contestación a ambas y tampoco se recibe respuesta fundamentada del agravio denunciado; que en el numeral 9) del Inc. II también se denunció la falta de pronunciamiento de un recurso de reposición interpuesto por Xavier Eduardo Barrón, violación a normas de orden público, denunciadas y no resueltas
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que fue recurrida de apelación por las demandantes, por memorial de
- Resolución de segunda instancia recurrida en casación en el fondo que se analiza
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- 2º Que, en el Inc
- Que, en los numerales 2) y 3) se denuncia que no se ha valorado la
- Que, asimismo manifiesta que “EL INMUEBLE RECIBIÓ EN PARTE PAGO DEL MONTO ADEUDADO”, extremo que
- Por las declaraciones de a confesión provocada se tiene planamente demostrado que el inmueble
- Que, el documento de transferencia da lugar a anotación preventiva de la que se pretende
- 3º Que, el Tribunal no se ha pronunciado sobre los agravios denunciados, únicamente ha respaldado
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Conforme dispone el art
- Cabe precisar asimismo, que el recurso de casación puede ser interpuesto en la forma, en
- Establecido lo anterior y en el marco del recurso, corresponde señalar que si bien
- Con relación al segundo agravio en el que no se señala si el mismo es
- Por lo expuesto y evidenciadas como están las deficiencias del recurso que se analiza, corresponde
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
