Que, por memorial de fs
Que, por memorial de fs. 146 de 6 de junio de 2012, se apersona Héctor Víctor Vargas Quispe, por sí y en representación de Milton, Elizabeth y Juan Eduardo Vargas Quispe, solicitando la nulidad de obrados bajo el argumento de haberse lesionado el derecho de su madre Lidia Quispe Burgos, esposa de Walter Vargas Torrejón, porque en proceso no existe ampliación de la demanda contra Walter Vargas Torrejón fruto de la nulidad, tampoco existe demanda contra Lidia Quispe, por lo que no fue citada, lo cual habría vulnerado su derecho a la defensa, a lo que solicita la nulidad de obrados hasta la admisión de fs. 12 y la cancelación de la inscripción en Derechos Reales, pretensión que merece al Auto de fs. 153 y vta., de 03 de agosto de 2012, por cual se rechaza el incidente planteado por afectarse a la autoridad de cosa juzgada adquirida. Determinación judicial que es apelada por los incidentistas que se concede, conjuntamente otro incidente de nulidad de obrados de Renán Vargas Quispe por incompetencia, afectación a la legítima y falta de legitimación que fue también rechazado por Auto de fs. 242 a 243 vta.; impugnaciones que ameritaron el Auto de Vista Nº 49/2014 de 16 de junio de 2014 que anula obrados y repone obrados hasta fs. 12 inclusive y dispone que el Juez A quo antes de admitir la demanda ordene acreditar si el inmueble se encuentra dentro el radio urbano, se amplíe la demanda contra Walter Vargas Torrejón y los herederos de Lidia Quispe Burgos
- Partes: Eleodoro Ríos Serrano. c/ Domingo Velasco y Walter Vargas Torrejón
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- También increpa interpretación del art
- Señala también incorrecta valoración del acuerdo transaccional, que habría puesto fin al litigio y por
- Concluye pidiendo que se conceda el recurso de casación, y el Tribunal Supremo dicte Auto
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Que, por memorial de fs
- De todo lo anteriormente descrito, se evidencia que el presente proceso fue extinguido por el
- Por lo manifestado queda claro que el recurso de casación interpuesto por Esther Jova
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
