CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez de Partido Primero de Trabajo y
AUTO SUPREMO Nº 219/2014
Sucre, 19 de noviembre de 2014
EXPEDIENTE: S.290/2010
DISTRITO: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de casación o nulidad de fojas 101 a 106, interpuesto por la empresa Naturex S.R.L. representada legalmente por Alfonso Filiberto Ugalde Vallejos en su calidad de Gerente General en mérito al Testimonio de Poder Nº 116/2007 de 1 de febrero de 2007, otorgado por ante la Notaría de Fe Pública Nº 13 del Distrito Judicial de Cochabamba a cargo de María Rosario Foronda de Trigo (fojas 27 a 28 vuelta), contra el Auto de Vista Nº 563/2009 de 5 de diciembre de 2009 de fojas 96 y vuelta, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales, seguido por Claudia Scarleth Quinteros Alvarado contra la empresa Naturex S.R.L., el memorial de respuesta de fojas 107 a 108, el Auto de concesión del recurso de fojas 109 y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez de Partido Primero de Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Sentencia Nº 56/2009 de 30 de junio de 2009 (fojas 83 a 84 y vuelta), declaró IMPROBADA la demanda de fojas 20 a 21 de obrados, sin costas
Sucre, 19 de noviembre de 2014
EXPEDIENTE: S.290/2010
DISTRITO: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de casación o nulidad de fojas 101 a 106, interpuesto por la empresa Naturex S.R.L. representada legalmente por Alfonso Filiberto Ugalde Vallejos en su calidad de Gerente General en mérito al Testimonio de Poder Nº 116/2007 de 1 de febrero de 2007, otorgado por ante la Notaría de Fe Pública Nº 13 del Distrito Judicial de Cochabamba a cargo de María Rosario Foronda de Trigo (fojas 27 a 28 vuelta), contra el Auto de Vista Nº 563/2009 de 5 de diciembre de 2009 de fojas 96 y vuelta, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales, seguido por Claudia Scarleth Quinteros Alvarado contra la empresa Naturex S.R.L., el memorial de respuesta de fojas 107 a 108, el Auto de concesión del recurso de fojas 109 y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez de Partido Primero de Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Sentencia Nº 56/2009 de 30 de junio de 2009 (fojas 83 a 84 y vuelta), declaró IMPROBADA la demanda de fojas 20 a 21 de obrados, sin costas
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez de Partido Primero de Trabajo y
- Son: Treinta y Seis Mil Ciento Cuarenta y Nueve con 93/100 Bolivianos, más el 30%
- Que, contra el referido Auto de Vista, la empresa demandada, interpuso recurso de casación o
- El recurrente alega que no le corresponde los derechos demandados a la actora por haber
- Acusa que el Tribunal Ad quem, sin haber hecho un análisis de las pruebas existentes
- Señala que el Tribunal Ad quem, al dictar el Auto de Vista recurrido ha violado
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es
- De lo precedentemente expuesto, resultan injustificables los argumentos acusados en el memorial de recurso, de
- MAGISTRADA RELATORA: Dra. María Arminda Ríos García
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.
