De lo precedentemente expuesto, resultan injustificables los argumentos acusados en el memorial de recurso, de
De lo precedentemente expuesto, resultan injustificables los argumentos acusados en el memorial de recurso, de lo que se concluye que el Auto de Vista recurrido se ajusta a las normas legales en vigencia, no se observa violación de norma legal alguna; por consiguiente, el Tribunal de Alzada al haber confirmado la Sentencia Nº 56/2009 de 30 de junio de 2009 ha obrado correctamente y conforme a derecho, por lo que corresponde aplicar el artículo 273 del Código de Procedimiento Civil, con la facultad remisiva del artículo 252 del Código Procesal del Trabajo
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez de Partido Primero de Trabajo y
- Son: Treinta y Seis Mil Ciento Cuarenta y Nueve con 93/100 Bolivianos, más el 30%
- Que, contra el referido Auto de Vista, la empresa demandada, interpuso recurso de casación o
- El recurrente alega que no le corresponde los derechos demandados a la actora por haber
- Acusa que el Tribunal Ad quem, sin haber hecho un análisis de las pruebas existentes
- Señala que el Tribunal Ad quem, al dictar el Auto de Vista recurrido ha violado
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es
- De lo precedentemente expuesto, resultan injustificables los argumentos acusados en el memorial de recurso, de
- MAGISTRADA RELATORA: Dra. María Arminda Ríos García
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.
