Auto Supremo AS/0346/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0346/2014

Fecha: 28-Nov-2014

En grado de apelación interpuesta por el solicitante (fs

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 161 a 164 interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), representado legalmente por Freddy Leonardo Pérez Ramos contra el Auto de Vista Nº 17/2014-SSA-I de 20 de enero de fs. 151 a 152, emitido por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del trámite de recalificación de rentas o devolución de aportes instaurado por Héctor Alvarado Jiménez, contra el SENASIR; la respuesta de fs. 173 a 174; el auto de fs. 175, que concedió el recurso, los antecedentes del proceso y;
CONSIDERANDO I: Que dentro del trámite de recalificación de rentas o devolución de aportes interpuesto por Héctor Alvarado Jiménez, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, mediante Resoluciones Nos. 00004289 y 00004290 ambas de 15 de mayo de 2013 de fs. 98 a 99, resolvió otorgar en favor de Héctor Alvarado Jiménez, el pago global único de renta equivalente a los regímenes básico y complementaria en el monto de Bs.31.877.09; y pago global único equivalente a la renta básica y complementaria en el monto de Bs.26.937.92, respectivamente, que se pagará por única vez.
Ante esta situación, el solicitante interpuso recurso de reclamación de fs. 108, que fue resuelto por la Comisión de Reclamación de Rentas del SENASIR; mediante Resolución Nº 00675/13 de 18 de septiembre de 2013 (fs. 122 a 124), confirmando las Resoluciones Nos. 00004290 y 00004289 de 15 de mayo de 2013 de fs. 98 a 99, emitida por la Comisión de Calificación de Rentas.
En grado de apelación interpuesta por el solicitante (fs. 144 a 145), por Auto de Vista Nº 17/2014-SSA-I de 20 de enero (fs. 151 a 152), la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, revocó la Resolución Nº 00675/13 de 18 de septiembre de 2013, disponiendo que la Comisión de Calificación de Rentas, disponga el pago global único dispuesto en las Resoluciones 00004289 y 00004290 de 15 de mayo de 2013, con actualización de dicho monto tomando en cuenta el I.P.C. (índice de precios de consumo)