Auto Supremo AS/0346/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0346/2014

Fecha: 28-Nov-2014

Que el tribunal de alzada, al emitir el auto de vista recurrido vulneró los arts

Esta resolución originó que el representante del SENASIR interponga el recurso de casación en el fondo de fs. 161 a 164 en el que acusó:
Que el tribunal de alzada, al emitir el auto de vista recurrido vulneró los arts. 23 y 27 del Manual de Prestaciones aprobado mediante RS 10.0.0.087 de 21 de junio de 1997, norma legal que dispone que toda persona que al 1 de mayo de 1997, llegue a las edades exigidas por el seguro de vejez, sin haber cumplido el mínimo de 180 cotizaciones dentro del régimen complementario pero estuviera cesando a esta fecha y tuviera acreditadas cuando menos veinticuatro (24) cotizaciones en ese régimen, seis (6) de las cuales estén comprendidas en los últimos doce (12) meses anteriores al cumplimiento de la edad de vejez, se le concederá, en sustitución de la renta el correspondiente pago global