Auto Supremo AS/0456/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0456/2014

Fecha: 28-Nov-2014

Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, se advierte que el Tribunal ad quem actuó

Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, se advierte que el Tribunal ad quem actuó conforme a ley, al revocar parcialmente la Resolución Nº 6179 de 04 de julio de 2013 cursante a fs. 98 y la Resolución de la Comisión de Reclamación Nº 00907/13 de 20 de noviembre, emitida por el SENASIR, ordenando al SENASIR, reconocer al señor Ronald David Justiniano Pedraza, una densidad de aportes de 9 años y 11 meses, quedando firme y subsistente el salario cotizable; conclusión a la que se arribó en función al Reglamento a la Ley de Pensiones dispuesto en los arts. 48 y 51 del DS Nº 0822 de 16 de marzo de 2011, en sentido de que la determinación del número de años y/o fracción de los mismos, el SENASIR, debe considerar todos los aportes realizados el Sistema de Reparto hasta abril de 1997, y siendo que el asegurado acreditó sus aportes al sistema de reparto hasta el 1995, corresponde reconocer al señor Ronald David Justiniano Pedraza, una densidad de aportes de 9 años y 11 meses