Se define a la Casación, como un Instrumento Político-Jurídico que tiene una doble finalidad: por
CONSIDERANDO III: (Procedibilidad ante un Recurso de Casación)
Se define a la Casación, como un Instrumento Político-Jurídico que tiene una doble finalidad: por un lado, fijar la jurisprudencia, entendiendo por tal la proclamación en abstracto de la Doctrina Legal, fijando, con ello, la interpretación que ha de darse a los textos legales; y, por otro, enmendar las infracciones de Ley o de Doctrina que los Tribunales hayan cometido en la tramitación o Resolución de los Juicios
Se define a la Casación, como un Instrumento Político-Jurídico que tiene una doble finalidad: por un lado, fijar la jurisprudencia, entendiendo por tal la proclamación en abstracto de la Doctrina Legal, fijando, con ello, la interpretación que ha de darse a los textos legales; y, por otro, enmendar las infracciones de Ley o de Doctrina que los Tribunales hayan cometido en la tramitación o Resolución de los Juicios
- Partes
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- Que, del estudio del Recurso de Casación presentado, se establece como motivos de los mismos
- Señala que, se puede evidenciar la violación al Debido Proceso, pues no se ha observado
- Señala que, de acuerdo a los arts
- Petitorio
- De la Invocación del Precedente Contradictorio
- Se define a la Casación, como un Instrumento Político-Jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- De conformidad al Auto Supremo N°568 de 21 de octubre de 2014 se acredita que
- Que, del análisis de antecedentes y fundamentos planteados por los recurrentes, contrastados con el Auto
- No ha existido por parte del recurrente la contrastación de los precedentes invocados con el
- Así, del contenido del Recurso de Casación, se llega a evidenciar que sobre la supuestos
- Por otra parte, se tiene dicho que el Auto de Vista recurrido, dio respuesta puntual
- 2
- El Derecho a la Defensa es parte componente esencial del Debido Proceso, la inexistencia de
- Continuando en la valoración de la prueba y el principio del Debido Proceso y libertad
- 3
- Al respecto, se debe dejar constancia, que no es aceptable el solo hecho de que
- Finalmente, se señala que el Tribunal de Alzada como el de Casación son de puro
- Magistrada Relatora: Dra. Silvana Rojas Panoso.
