Bajo esa mirada, entenderemos que el valor axiomático y dogmático-garantista de la Constitución Política del
Bajo esa mirada, entenderemos que el valor axiomático y dogmático-garantista de la Constitución Política del Estado, constituye precisamente el fundamento esencial para la aplicación de los presupuestos procesales en la administración de justicia, que serán guiados por valores esenciales y supremos como representa la justicia, en ese contexto, en el nuevo orden constitucional encontraremos lo establecido por el art. 109.1 de la NCPEP que consagra el principio de aplicación directa de la Constitución, en efecto, ese principio obliga a materializar el fenómeno de irradiación de esta Constitución que protege el valor justicia, destinado a asegurar la eficacia de los derechos fundamentales, como génesis vinculado al valor supremo del Estado, que es el “vivir bien” como ha establecido en su art. 8
- Proceso: Mejor derecho propietario, reivindicación y pago de daños y perjuicios
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Señala que la sentencia pondrá fin al litigio en primera instancia y aspectos referidos al
- Como otro reclamo refiere a las normas procesales y su obligatorio cumplimiento conforme prevé el
- Concluye con la petición de que se conceda el recurso y se revoque la resolución
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Respecto a lo anterior, si bien el recurrente argumenta de manera imprecisa su recurso, pues
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- Siguiendo ese lineamiento encontramos asimismo lo determinado por el art
- Bajo esa mirada, entenderemos que el valor axiomático y dogmático-garantista de la Constitución Política del
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- Consecuentemente, en sujeción a lo establecido por el art
- Consecuentemente se emite resolución en sujeción a lo previsto por los arts
- Sin multa por ser error excusable
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
