En otro punto acusa sobre el lote de terreno de la calle Loa Nº 1158
En otro punto acusa sobre el lote de terreno de la calle Loa Nº 1158 indicando que el demandado no probó que dicho inmueble hubiere sido dado como herencia, legado o donación por el contrario indica que se demostró que el lote de terreno es ganancial porque fue registrado en Derechos Reales el 12 de noviembre de 2007 dentro de la vigencia del matrimonio conforme indica los arts. 101 y 113 del Código de Familia, forzando el documento de fs. 219 a 220 el cual constituye un mero reconocimiento de derecho propietario en favor de Celin Saavedra Bejarano y por ende a favor de la recurrente que fue efectuado dentro del matrimonio
- Partes: Clotilde Reyes Liceras. c/ Celín Saavedra Bejarano
- Proceso: Divorcio
- Distrito: Chuquisaca
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución que es apelada de manera parcial por Clotilde Reyes Liceras, al igual que por
- Determinación que es recurrida en casación por ambas partes, recursos que se analizan a continuación
- Del recurso de casación de Celin Saavedra Bejarano en el Fondo
- Respecto a los bienes muebles indica que carece de valor legal el inventario efectuado por
- Sobre la asistencia familiar reclama que solo se fijó la suma de Bs
- En la forma
- Por otro lado indica que sin ninguna base ni motivo el Auto de Vista se
- Por todo lo expuesto termina peticionando que se case parcialmente el Auto de Vista disponiendo
- Respecto a la forma solicita la anulación del Auto de Vista disponiendo 1) la exclusión
- Recurso de casación de Clotilde Reyes Liceras en el Fondo
- Acusa la violación y errónea interpretación del art
- En otro punto acusa sobre el lote de terreno de la calle Loa Nº 1158
- Además acusa sobre la inclusión en la comunidad de gananciales de las fotografías de los
- Por otro lado indica sobre la guarda paterna de su hija que fue cambiada al
- Finalmente acusa sobre la asistencia familiar indicando que no se probó la capacidad económica de
- Del recurso de casación de Celin Saavedra Bejarano
- En el fondo
- Por otro lado, en relación a los bienes muebles que fueron inventariados por la Notaria
- Respecto a la asistencia familiar declamada por el recurrente, se dirá que siendo el quantum
- Por lo indicado concluiremos que, los Tribunales de Instancia obraron conforme a derecho correspondiendo emitir
- Al respecto, si la parte recurrente consideraba que dicha propiedad pertenecía a la comunidad de
- Por otro lado, respecto a la inclusión en la comunidad de gananciales de las fotografías
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Conforme al interés superior de los menores respaldado en la Constitución Política del Estado, y
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- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani
