Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0654/2014
Fecha: 06-Nov-2014
Proceso: Divorcio
Proceso: Divorcio
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Partes: Clotilde Reyes Liceras. c/ Celín Saavedra Bejarano
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Proceso: Divorcio
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Distrito: Chuquisaca
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ANTECEDENTES DEL PROCESO
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Resolución que es apelada de manera parcial por Clotilde Reyes Liceras, al igual que por
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Determinación que es recurrida en casación por ambas partes, recursos que se analizan a continuación
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Del recurso de casación de Celin Saavedra Bejarano en el Fondo
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Respecto a los bienes muebles indica que carece de valor legal el inventario efectuado por
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Sobre la asistencia familiar reclama que solo se fijó la suma de Bs
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En la forma
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Por otro lado indica que sin ninguna base ni motivo el Auto de Vista se
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Por todo lo expuesto termina peticionando que se case parcialmente el Auto de Vista disponiendo
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Respecto a la forma solicita la anulación del Auto de Vista disponiendo 1) la exclusión
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Recurso de casación de Clotilde Reyes Liceras en el Fondo
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Acusa la violación y errónea interpretación del art
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En otro punto acusa sobre el lote de terreno de la calle Loa Nº 1158
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Además acusa sobre la inclusión en la comunidad de gananciales de las fotografías de los
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Por otro lado indica sobre la guarda paterna de su hija que fue cambiada al
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Finalmente acusa sobre la asistencia familiar indicando que no se probó la capacidad económica de
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Del recurso de casación de Celin Saavedra Bejarano
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En el fondo
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Por otro lado, en relación a los bienes muebles que fueron inventariados por la Notaria
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Respecto a la asistencia familiar declamada por el recurrente, se dirá que siendo el quantum
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Por lo indicado concluiremos que, los Tribunales de Instancia obraron conforme a derecho correspondiendo emitir
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Al respecto, si la parte recurrente consideraba que dicha propiedad pertenecía a la comunidad de
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Por otro lado, respecto a la inclusión en la comunidad de gananciales de las fotografías
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Conforme al interés superior de los menores respaldado en la Constitución Política del Estado, y
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani
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