ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación, de fs. 681 a 684, interpuesto por Raúl Orozco Rodríguez en representación de la empresa Unipersonal Milenium, contra el Auto de Vista de fecha 17 de junio de 2014, cursante de fs. 677 a 678, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso ordinario de pago de obligación más pago de daños y perjuicios, seguido por la Empresa Premoldeados MAC S.R.L. representada por Marco Antonio Camacho Mercado contra la parte recurrente; la concesión de fs. 697; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Tramitado el Proceso, el Juez de Partido Duodécimo en lo Civil y Comercial de la ciudad de Cochabamba, emitió la Sentencia de fecha 04 de mayo de 2012, cursante de fs. 622 a 628, declarando PROBADA la demanda de fs. 88 a 89, IMPROBADAS las excepciones perentorias de falsedad, ilegalidad, falta de acción y derecho, prescripción e ilicitud de la causa, opuestas contra la demanda principal. Consiguientemente ordenó que la empresa Unipersonal Constructora Milenium S.R.L. pague a favor de la empresa Premoldeados MAC S.R.L. la suma de $us. 19.576.- más los interés legales computables a partir del 22 de noviembre de 2005 en tercero día, bajo conminatoria de subasta y remate de sus bienes embargados o por embargarse, todo ello una vez ejecutoriada dicha resolución. Sin costas
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Tramitado el Proceso, el Juez de Partido Duodécimo en lo Civil y Comercial de la ciudad de Cochabamba, emitió la Sentencia de fecha 04 de mayo de 2012, cursante de fs. 622 a 628, declarando PROBADA la demanda de fs. 88 a 89, IMPROBADAS las excepciones perentorias de falsedad, ilegalidad, falta de acción y derecho, prescripción e ilicitud de la causa, opuestas contra la demanda principal. Consiguientemente ordenó que la empresa Unipersonal Constructora Milenium S.R.L. pague a favor de la empresa Premoldeados MAC S.R.L. la suma de $us. 19.576.- más los interés legales computables a partir del 22 de noviembre de 2005 en tercero día, bajo conminatoria de subasta y remate de sus bienes embargados o por embargarse, todo ello una vez ejecutoriada dicha resolución. Sin costas
- Proceso: Pago de obligación más pago de daños y perjuicios
- Distrito: Cochabamba
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra la referida Sentencia, Raúl Orozco Rodríguez en representación de la Empresa Unipersonal Milenium, interpuso
- En merito a esos antecedentes, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de
- Resolución que dio lugar al Recurso de Casación interpuesto por Raúl Orozco Rodríguez en representación
- HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- De igual forma, denuncia que el A quo, basado en la información obtenida en una
- Aduce que con referencia a la prueba anexo 1, se evidencia que no fueron 348
- Señala que la planilla 4 no fue consensuada con Milenium por ende no corresponde que
- Manifiesta que el Juez de primera instancia no realizó un correcto análisis de la comunidad
- Finalmente, con relación al monto, denuncia que el supuesto respaldo es la existencia de una
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En la forma
- En el fondo
- Por lo expuesto en lo que respecta al recurso de casación en la forma corresponde
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
