Las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, no pueden ser suplidas con la mera
Las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, no pueden ser suplidas con la mera denuncia de defectos absolutos o enunciación del derecho al debido proceso como se observa en el caso presente, ya que a efectos de ingresar al fondo de los agravios vía flexibilización, la recurrente tenía la obligación de cumplir a cabalidad con los presupuestos explicados en el acápite III de esta Resolución, mismos que fueron omitidos, pues a más de reiterar, de forma poco clara, las denuncias del recurso de apelación restringida, no se fundamenta cuál la restricción o disminución del citado derecho, y menos se explica en qué consiste el resultado dañoso, derivando en que el recurso resulte inadmisible, aun acudiendo a los criterios de flexibilización
- Por memorial cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la atenta revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)Por otro lado, afirma que el Tribunal de alzada no consideró a cabalidad ni reparó
- En acápite separado invoca además los Autos Supremos 197/2013, 22 de 3 de febrero de
- El art
- derecho a la igualdad, de forma que todo ciudadano tenga la certeza y seguridad que
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, de la revisión de antecedentes se constata que la recurrente
- Ahora bien, respecto al primer motivo, en el que se denuncia que el Tribunal de
- por lo que tampoco explicó ni fundamentó en qué consistiría la contradicción en que habría
- Las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, no pueden ser suplidas con la mera
- En cuanto a los Autos Supremos 197/2013, 22 de 3 de febrero de 2010, 724
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
