Por memorial cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 690/2014-RA
Sucre, 01 de diciembre de 2014
Expediente : Santa Cruz 78/2014
Parte acusadora : Ministerio Público y otro
Parte imputada : Cleheder Banegas Melgar
Delito : Homicidio
RESULTANDO
Por memorial cursante de fs. 366 a 369, Cleheder Banegas Melgar interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 12 de agosto de 2014 cursante de fs. 349 a 352, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por El Ministerio Público y Paola Roca Franco contra la recurrente, por el delito de Homicidio, previsto y sancionado por el art. 251 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 690/2014-RA
Sucre, 01 de diciembre de 2014
Expediente : Santa Cruz 78/2014
Parte acusadora : Ministerio Público y otro
Parte imputada : Cleheder Banegas Melgar
Delito : Homicidio
RESULTANDO
Por memorial cursante de fs. 366 a 369, Cleheder Banegas Melgar interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 12 de agosto de 2014 cursante de fs. 349 a 352, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por El Ministerio Público y Paola Roca Franco contra la recurrente, por el delito de Homicidio, previsto y sancionado por el art. 251 del Código Penal (CP)
- Por memorial cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la atenta revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)Por otro lado, afirma que el Tribunal de alzada no consideró a cabalidad ni reparó
- En acápite separado invoca además los Autos Supremos 197/2013, 22 de 3 de febrero de
- El art
- derecho a la igualdad, de forma que todo ciudadano tenga la certeza y seguridad que
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, de la revisión de antecedentes se constata que la recurrente
- Ahora bien, respecto al primer motivo, en el que se denuncia que el Tribunal de
- por lo que tampoco explicó ni fundamentó en qué consistiría la contradicción en que habría
- Las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, no pueden ser suplidas con la mera
- En cuanto a los Autos Supremos 197/2013, 22 de 3 de febrero de 2010, 724
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
