Auto Supremo AS/0691/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0691/2014

Fecha: 12-Nov-2014

En el primer motivo, alega que el Tribunal de alzada cambió directamente su absolución en


En el primer motivo, alega que el Tribunal de alzada cambió directamente su absolución en condena, mediante la revaloración de la prueba y del procedimiento para la emisión del cheque, interpretando erróneamente el art. 413 del CPP. sobre este reclamo el recurrente invoca los Autos Supremos 74 de 18 de marzo de 2008 y 356 de 4 de julio de 2011, que estarían referidos a la prohibición de revalorización probatoria y a la posibilidad de reparar directamente errores en la fundamentación de derecho, que no influyan en la parte dispositiva de la Sentencia, respectivamente; afirmando que el Tribunal de alzada ingresó en contradicción con los citados precedentes, por cuanto si bien estaba facultado a rectificar errores de derecho en la fundamentación de la Sentencia; empero, no de valorar la prueba ni modificar su parte dispositiva; en tal sentido, habiendo el recurrente cumplido con la carga argumentativa para la verificación de contradicción por este Tribunal, el recurso resulta admisible