Auto Supremo AS/0377/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0377/2014

Fecha: 30-Dic-2014

Regístrese, notifíquese y devuélvase

A mérito de lo expuesto precedentemente, se concluye que el auto de vista se ajusta a las normas legales en vigencia, no se advierte violación de norma legal alguna, correspondiendo resolver conforme prevén los arts. 271.2) y 273 del CPC, aplicables por mandato del art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional Boliviano, con la facultad conferida por los artículos 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 165 a 167. Sin costas en aplicación de los arts. 39 de la Ley Nº 1178 (SAFCO) y 52 del DS Nº 23715 de 22 de julio de 1992.
Regístrese, notifíquese y devuélvase