Siendo necesario establecer que los procedimientos establecidos para la calificación de rentas en curso de
Siendo necesario establecer que los procedimientos establecidos para la calificación de rentas en curso de pago y adquisición del Sistema de Reparto, son también aplicables a los procedimientos de constancia de aportes y compensación de cotizaciones - procedimiento manual, en correcta aplicación a lo anotado por el art. 14 del DS Nº 26069 de 9 de febrero de 2001, reglamentario del art. 63 de la Ley Nº 1732 de 29 de noviembre de 1996, que prescribe la compensación de cotizaciones; complementada por el art. 5.2) de la RM Nº 436 de 12 de junio de 2002 y art. 18 del DS Nº 27543 de 31 de mayo de 2004; vale decir, que se utilizan los mismos procedimientos del Sistema de Reparto, tanto para la certificación de aportes en la compensación de cotizaciones por procedimiento manual como para el Sistema de Reparto, conforme refiere la parte considerativa de la Resolución Ministerial (RM) Nº 550 de 28 de septiembre de 2005, cuando en su tercer párrafo señala: "Que la Resolución Ministerial Nº 436 de 12 de junio de 2012, en su artículo 5 inciso 2), determina que para la certificación de aportes en la Compensación de Cotizaciones por Procedimiento Manual, se utilizarán los mismos procedimientos del Sistema de Reparto", normativa reglamentaria emitida por el Ministerio de Hacienda a fin de efectivizar el derecho instituido por toda la normativa citada
- Ante el recurso de reclamación por parte de la asegurada (fs
- En recurso de apelación deducido por María Soledad Andrade Céspedes (fs
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista Nº 1241/2014
- Que así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los datos del
- En lo referente a la compensación de cotizaciones, el art
- Este Tribunal Supremo con la finalidad de dilucidar este tipo de problemáticas, en varias resoluciones
- En ese entendido, debe concluirse que los aportes que realizan los beneficiarios durante su etapa
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- Este análisis pormenorizado de los antecedentes descritos, nos lleva al razonamiento y a la certeza
- Correspondiendo también señalar lo previsto por el art
- En ese entendido es preciso determinar que los aportes que realizan los beneficiarios durante su
- Por otra parte, la entidad recurrente, sólo tomó en cuenta el Informe Técnico Nº 596/2011,
- De modo que, el Tribunal de apelación decidió que se proceda a emitir una nueva
- Por todo lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido no transgrede ni
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
