Auto Supremo AS/0643/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0643/2014

Fecha: 12-Dic-2014

Con relación a la fundamentación


Con relación a la fundamentación.- El deber de fundamentación y motivación de   toda    resolución  judicial  forma  parte    del derecho-garantía-principio del debido proceso, consagrado en  el articulo  115.I de  la  Constitución Política del  Estado. En  este contexto, la  SC 0871/2010-R de 10 de agosto, determinó que, "a  efectos de  garantizar  el  derecho al  debido proceso en   su elemento del derecho a la motivación,  toda  resolución jurisdiccional  o  administrativa  debe   observar  los   siguientes aspectos:"  a) Debe   determinar con claridad los hechos atribuidos a las partes procesales,  b)   Debe contener una exposición clara de los  aspectos fácticos pertinentes,  c)  Debe describir de manera expresa los supuestos de hecho contenidos en la   norma  jurídica   aplicable  al   caso    concreto,  d) Debe describir de  forma individualizada todos los  medios de  prueba aportados por  las  partes procesales, e) Debe valorar de manera concreta y explícita todos y cada  uno  de los medios probatorios producidos, asignándoles un  valor probatorio específico a  cada uno  de ellos  de  forma motivada, f) Debe determinar el nexo  de causalidad  entre   las   denuncias  o  pretensiones  de  las   partes procesales, el supuesto de hecho inserto en  la norma aplicable, la valoración  de las pruebas aportadas y la sanción   o consecuencia jurídica emergente de  la  determinación del  nexo de causalidad antes señalado." De tal manera que  la omisión de alguno de  dichos requisitos implica vulnerar  el  derecho a  la fundamentación  y  motivación de   los   fallos judiciales,  como elemento del debido proceso legal