- Asimismo, denuncia error de hecho al no considerarse las situaciones que se han
- Asimismo, denuncia error de hecho al no considerarse las situaciones que se han probado a través de las testificales, pues la omisión de la prueba testifical habría impedido valorar lo declarado por los testigos, por lo que la recurrente hace mención a las declaraciones establecidas por sus testigos y lo que estas habrían demostrado, arguyendo que todas ellas habrían sido veraces y consistentes porque corroborarían lo señalado en la demanda y en el informe psicológico. De igual forma, en este punto de su agravio, la recurrente hace mención a las testificales de descargo señalando que estas habrían sido contradictorias e inconsistentes
- Silvio Moreno Campos
- Proceso: Anulabilidad de documento de transferencia
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra la referida Sentencia, Nancy Moreno Campos, Elfy Moreno de Bañon, Mario Moreno Campos y
- En merito a esos antecedentes, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de
- Resolución que dio lugar al Recurso de Casación en el fondo, interpuesto por Nancy Moreno
- HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- - Denuncia error de derecho en la apreciación de las pruebas testificales debido a la
- - Denuncia error de hecho en la apreciación del estudio psicológico realizado en vida a
- - Acusa que los vocales incurrieron en error de hecho manifiesto al considerar la totalidad
- - Asimismo, denuncia error de hecho al no considerarse las situaciones que se han
- - De igual forma, acusa la violación del art
- - Finalmente, la recurrente denuncia violación e interpretación errónea de los arts
- En base a esos antecedentes, solicita casar el Auto de Vista recurrido determinando declarar probada
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- El segundo agravio que acusa la recurrente, es el error de derecho en la apreciación
- En razón a lo expuesto, y toda vez que los agravios denunciados no resultaron ser
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
