ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación en el fondo y de nulidad o casación en la forma de fs. 218 a 219 vta., interpuesto por Bernabé Alarcón Gutiérrez, contra el Auto de Vista Nº 179/2014 de 2 de junio de 2014, de fs. 214 a 215, pronunciado por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario de nulidad de escritura pública, cancelación de partida en Derechos Reales y rehabilitación de partida original, seguido por Rigoberto Paco Huacani y Alberto Paco Huacani contra Bernabé Alarcón Gutiérrez; la respuesta al recurso a fs. 221 a 221 vta.; el Auto de concesión de fs. 222; los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Los demandantes, acompañando literales a 20 fs., amparados en los arts. 452, 543, 546, 549-1, 2, 3, 4, 5, 1544 y 1558-3, entre otros, del Código Civil, mediante memorial de fs. 21 a 22 vta., y fs. 27, manifiestan que su padre adquirió una parcela, lote de terreno de 10.000 m2, ubicados en el ex fundo Alpacoma Cantón Achocalla del Departamento de La Paz, debidamente registrado en fecha 5 de abril de 1995; mediante Escritura Pública Nº 830 de 31 de agosto de 1995, su padre enajenó en favor de su hermana y esposo la superficie de 5.000 m2, quedando subsistente una superficie similar. Cuando se apersonaron en Derechos Reales para regularizar los documentos de propiedad de este terreno, les comunicaron que el derecho propietario de su padre fue cancelado mediante compraventa según escritura pública Nº 3527/2000 de 14 de noviembre de 2000, a favor de Bernabé Alarcón Gutiérrez, pese a que se encuentran poseyendo el terreno donde construyeron una fábrica de ladrillos se encuentra, infraestructura y equipamiento. Su padre falleció el 5 de marzo de 2000, según consta en el certificado de defunción, sin embargo, la minuta de la supuesta transferencia se realizó el 5 de noviembre de ese año, y su protocolización el 14 de noviembre, a más de ocho meses del deceso
- Sucre: 02 de diciembre 2014
- Partes: Rigoberto Paco Huacani y Alberto Paco Huacani. c/ Bernabé Alarcón Gutiérrez
- y rehabilitación
- Distrito: La Paz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- El demandando responde de fs
- Sustanciado el proceso en primera instancia, el Juez Quinto de Partido en lo Civil Comercial,
- En apelación, la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante
- Recurso de casación en el Fondo
- Recurso de nulidad o casación en la Forma
- Con dichos antecedentes, pide casar el Auto de Vista declarándose improbada la demanda, o en
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- El recurso de casación en el fondo o recurso de casación propiamente dicho, procede por
- Cuando el recurso de casación se plantea en ambos efectos, debe inexcusablemente especificarse las causales
- No obstante, cuando se acusa la falta de valoración o apreciación de pruebas, atinge al
- Por lo expuesto, el recurso no se ajustó a las previsiones contenidas en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
