En el fondo
En el fondo:
El recurrente señala que se ofreció prueba documental de fs. 64 a 98, que no se considera en el Auto de Vista, lo cual le deja en indefensión ya que esas documentales sostienen su derecho propietario sobre el bien inmueble y era debe inexcusable pronunciarse sobre éste derecho y pide se considere este error cometido por las autoridades de grado
El recurrente señala que se ofreció prueba documental de fs. 64 a 98, que no se considera en el Auto de Vista, lo cual le deja en indefensión ya que esas documentales sostienen su derecho propietario sobre el bien inmueble y era debe inexcusable pronunciarse sobre éste derecho y pide se considere este error cometido por las autoridades de grado
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de fondo que es apelada por Melfi Morales de Cabrera apoderada de Jorge Arana
- En la forma
- En el fondo
- Concluye señalando que los vicios de nulidad expuestos acreditan que el proceso se tramitó
- Conforme señala el art
- Ahora bien, los antecedentes del proceso refieren que, la actora Lilian Velasco Pinto pretende usucapión
- Con esos antecedentes, en Sentencia se declaró probada la demanda y otorgó la titularidad del
- En esa disyuntiva, se hace preponderante que los Tribunales de instancia definan contra quién está
- Por todo lo manifestando, irremediablemente se hace ostensible anular obrados hasta sentencia a objeto de
- En consecuencia éste Tribunal Supremo de Justicia, por el razonamiento vertido, emite resolución en
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
