Auto Supremo AS/0725/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0725/2014

Fecha: 09-Dic-2014

Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el artículo 42 parágrafo I numeral 1)de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del 271 núm. 3) y 275 del Código de Procedimiento Civil, ANULA hasta la Sentencia de 6 de noviembre de 2013, cursante de fs. 170 a 171 vlta., a objeto de que se dicte una nueva, conforme los fundamentos expresados supra. Sin multa por ser excusable.
Conforme el art. 17-IV de la Ley Nº 025 notifíquese al Consejo de la Magistratura a los fines consiguientes de ley.
Regístrese, comuníquese y devuélvase.
Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.