En el caso de autos, se establece que el 21 de octubre de 2014, el
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, se establece que el 21 de octubre de 2014, el recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado y el 28 del mismo mes y año, formuló recurso de casación; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la Ley, cumpliendo con el requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP
- Por memorial presentado el 28 de octubre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia el acusador particular Víctor Gerardo Galarza Zurita, formuló recurso de
- Sobre el particular, el recurrente aduce que el Tribunal de alzada, para declarar la improcedencia
- Por último, manifiesta que resultan aplicables los Autos Supremos 209 de 11 de junio de
- El art
- diverso alcance; pues debe tenerse presente, que en el actual régimen de recursos establecido por
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 21 de octubre de 2014, el
- Examinados los argumentos alegados en el recurso de casación sujeto al presente examen, se tiene
- Bajo tales fundamentos se evidencia que el recurrente, aun de manera reiterada pero suficiente, señala
- Se deja constancia que la labor de contraste no abarcará los Autos Supremos “248/2013 de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
