Auto Supremo AS/0763/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0763/2014

Fecha: 30-Dic-2014

Que, el Auto de Vista recurrido no solo no cumpliría con el voto del art


En la Forma.-
Que, el Auto de Vista recurrido no solo no cumpliría con el voto del art. 236 del CPC, si no que faltaría al control obligatorio del proceso ordenado por el art. 17 de la ley del Órgano judicial, el Vocal se habría olvidado deliberadamente de esta función, como debería haberlo hecho en el presente proceso, en que no habría intervenido la esposa del demandado Teresa Lora de Mercado, por lo que el Ad quem tendría la facultad de anular obrados en quebrantamiento de la integración obligatoria de todas las partes posibles de una relación contractual, en que además estaba encargado de hacer firmar a su esposa el demandado por lo que estando acreditado el matrimonio del demandado, la señora Teresa Lora de Mercado no habría participado en el proceso, pese a tener la obligación de integrarla a la legitimación pasiva necesario, omisión procesal que violaría el derecho al debido proceso