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    Auto Supremo AS/0004/2014-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0004/2014-RRC

    Fecha: 10-Feb-2014

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 29 de agosto de 2013, que cursa de fs
    • a)En mérito a las acusaciones pública (fs
    • b)Contra la citada Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
    • Del memorial de recurso de casación (fs
    • En el motivo sujeto a análisis de fondo, el recurrente denuncia que el Auto de
    • El recurrente solicita, que precisada la contradicción, se revoque y deje sin efecto el Auto
    • Mediante Auto Supremo 317/2013-RA de 5 de diciembre, cursante de fs
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
    • Durante el desarrollo de la audiencia del juicio oral, la defensa del imputado opuso la
    • II.2. De la Sentencia
    • Una vez concluido el debate del juicio oral, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal
    • Por memorial que cursa de fs
    • Argumentos por los que, citando los arts
    • II.4. Del Auto de Vista impugnado
    • Radicada la causa ante la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La
    • Respecto al incidente de actividad procesal defectuosa, se debe considerar la mención del Ministerio Público
    • Con esos argumentos, entre otros relativos a la apelación restringida, la Sala Penal Segunda del
    • Sobre la temática planteada, el Auto Supremo referido, a tiempo de resolver un recurso de
    • Sobre los momentos procesales para la resolución y el tratamiento del Tribunal de alzada cuando
    • Ahora bien, al tratarse de una misma resolución, que cuenta con doble plataforma de análisis
    • En tal caso, corresponde al Tribunal de alzada, a tiempo de resolver el recurso interpuesto
    • Finalmente es pertinente dejar establecido, que conforme las normas relativas al recurso de casación y
    • Ahora bien, de la revisión de antecedentes, se advierte que en la especie, evidentemente el
    • Como se observa, el Tribunal de alzada se pronunció expresamente sobre los aspectos reclamados de
    • Finalmente, si bien en el Auto de Vista recurrido, según el orden de la exposición
    • En definitiva, al haberse establecido que el precedente invocado no tiene una situación de hecho
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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