Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0017/2014
Fecha: 17-Feb-2014
Regístrese y notifíquese
Regístrese y notifíquese
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VISTOS: El recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público (fs
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Que el recurso de casación de referencia tuvo origen en los siguientes antecedentes
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Contra la citada Sentencia el Ministerio Público formuló recurso de apelación restringida (fs
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Con el Auto de Vista referido, el Ministerio Público fue notificado el 7 de
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Que la entidad recurrente, en el memorial del recurso de casación, expone los siguientes motivos
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El Tribunal de Alzada, en el Auto de Vista impugnado, precisó que no puede revalorizar
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3
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Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos Nros
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Concluye solicitando se anule el Auto de Vista impugnado y se disponga la anulación de
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Que para la admisibilidad del recurso de casación, se debe cumplir con las condiciones formales
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Que el acceso a los recursos se encuentra garantizado por el principio de impugnación y
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Por otro lado, resulta necesario indicar que la revisión excepcional procede cuando existen denuncias fundadas
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I
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II
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Asimismo, a fin de analizar el cumplimiento de los demás requisitos exigidos por los artículos
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En cuanto a la acusada vulneración de la garantía jurisdiccional del debido proceso y del
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En ese sentido, respecto al Auto Supremo Nro
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En cuanto a los Autos Supremos Nros
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Por último, con referencia a la “Sentencia Constitucional Nro
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En consecuencia, de lo referido precedentemente se deduce que el recurso de casación interpuesto por
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POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
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Por Secretaría de Sala, remítase copias legalizadas de la Sentencia, el Auto de Vista y
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Regístrese y notifíquese
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ANTE MÍ. Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano
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