De los antecedentes venidos a casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De los antecedentes venidos a casación se establece lo siguiente:
a)En mérito a la acusación particular (fs. 1 a 2 vta.) y desarrollada la audiencia de juicio oral, por Sentencia 07/2013 de 5 de febrero (fs. 170 a 176), el Juzgado Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Juan Alba Heredia, autor de la comisión del delito de Despojo, condenándole a la pena de un año y cinco meses de privación de libertad a ser cumplidos en el recinto penitenciario de “San Sebastián” (varones) de la ciudad de Cochabamba; de igual forma este fallo dispuso que el acusado proceda a “…desocupar el inmueble en la superficie que se encontraba en posesión por la querellante Hortensia Pinto de Fuentes en tercero día de ejecutoriada…” (sic) la Sentencia; más el pago de costas
- El recurso de casación interpuesto por Juan Alba Heredia el 10 de enero de 2014,
- De los antecedentes venidos a casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, el recurrente opuso recurso de apelación restringida (fs
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- Estas argumentaciones son apoyadas en la aserción de que “NO solo le corresponde al Juez
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- Con estos argumentos, finaliza solicitando se anule la Sentencia
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Atendiendo al requisito relativo al plazo de interposición, se tiene que el recurrente, fue notificado
- Prosiguiendo el juicio de admisibilidad, este Tribunal detecta dos falencias sobre el cumplimiento de requisitos
- En este orden de ideas, el recurrente remite su alegato a realizar apreciaciones particulares sobre
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
