1)Como un primer agravio, el recurrente denuncia violación de principios constitucionales y procesales, haciendo referencia
c)Notificado el recurrente con el mencionado Auto de Vista, interpuso el recurso de casación, que ahora es objeto de examen de admisibilidad.
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACION
Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes fundamentos:
1)Como un primer agravio, el recurrente denuncia violación de principios constitucionales y procesales, haciendo referencia a los arts. 410, 180 y 115.II de la Constitución Política del Estado (CPE), y a los principios que rigen el juicio oral, que se encuentran previstos en los arts. 117, 224, 329, 333 y 335 del Código de Procedimiento Penal (CPP), que fueron incumplidos por el Tribunal de Sentencia, argumentado al respecto que iniciado el juicio el 14 de marzo de 2011, se suspendieron audiencias sucesivamente por espacios de más de diez días, contraviniendo la continuidad del juicio oral, la celeridad y su realización hasta su conclusión, extremo corroborado por el Auto Supremo 37/2007 de 27 de enero de 2007. Agrega también que, se vulneró el principio de legalidad que obliga a que todos los actos procesales se realicen dentro del marco de la ley, que en el caso hubo varias audiencias suspendidas por espacios de 11, 12, 15 y 16 días
- Por memorial presentado el 4 de noviembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)La referida Sentencia fue objeto de apelación restringida por parte del imputado Marco Antonio Provincia
- 1)Como un primer agravio, el recurrente denuncia violación de principios constitucionales y procesales, haciendo referencia
- Con el antecedente expresado, el recurrente denuncia la vulneración del debido proceso en su elemento
- 2)En el segundo agravio referido a defectuosa valoración de la prueba, el recurrente denuncia que
- Agrega que la declaración del Médico Forense Julio Guillermo Dalence Montaño, es clara en cuanto
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- Respecto al segundo motivo, vinculado a una supuesta errónea valoración de la prueba de cargo
- Estas falencias que impiden a este Tribunal ingresar al fondo de la anterior problemática, resultan
- De lo expuesto, se establece que el recurso de casación deducido, cumple con los requisitos
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
