Auto Supremo AS/0051/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0051/2014-RA

Fecha: 20-Feb-2014

2)En el segundo agravio referido a defectuosa valoración de la prueba, el recurrente denuncia que


En relación a este primer motivo el recurrente invoca los Autos Supremos 37 de 27 de enero de 2007, 40/2012 de 29 de marzo y 086/2012-RRC de 4 de mayo.

2)En el segundo agravio referido a defectuosa valoración de la prueba, el recurrente denuncia que el Tribunal de Sentencia no valoró correctamente la prueba de cargo introducida por los acusadores; al respecto, cuestiona la afirmación de la parte acusadora que manifestó que le hubiera dado pastillas a la menor para hacerla dormir, extremo que fue desmerecido por el Psicólogo, quien señaló que “eso es imposible”; lo propio en cuanto a la testifical del Médico Forense que expresó duda respecto a la consumación de la penetración, porque hubiera provocado mayor desgarro; empero, consideró que con un “intento” pudo haber desgarro, lo cual constituye defecto en la valoración de la prueba a tenor del art. 370 inc. 6 del CPP. Añade que la Sentencia ni el Auto de Vista, analizaron la declaración de los testigos, como tampoco la prueba signada como “MPD4” consistente en el informe Médico del CIES elaborado por una especialista en Ginecología, en cuya pericia señala “…se observa espermatozoides” (sic), “…contradicción que no ha sido tomada en cuenta en la Sentencia dictada menos en el Auto de Vista…” (sic)