Auto Supremo AS/0051/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0051/2014-RA

Fecha: 20-Feb-2014

En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso de casación fue presentado dentro del plazo de cinco días y ante la Sala que emitió la Resolución impugnada, cumpliendo de esta manera con el art. 417 del CPP, al constatarse que el recurrente fue notificado con el Auto de Vista recurrido el 28 de octubre de 2013, formulando el recurso el 4 de noviembre del mismo año; ahora bien, luego del análisis correspondiente, en el acápite II de la presente Resolución, se consignaron todos los argumentos expuestos por el recurrente, respecto a los cuales corresponde verificar el cumplimiento del requisito de fondo; es decir, la cita del precedente contradictorio y la explicación en términos claros y precisos referidos a la posible contradicción, puesto que es obligación de las partes dentro del presente recurso, cumplir con las exigencias establecidas en los arts. 416 y 417 del CPP, a objeto de obtener de este Tribunal, un pronunciamiento sobre el fondo de las cuestiones planteadas:

En cuanto al primer agravio referido a la presunta violación del principio de continuidad del juicio oral y en consecuencia el derecho fundamental al debido proceso en su elemento de la celeridad, el recurrente invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 37 de 27 de enero de 2007, 40/2012 de 29 de marzo y 086/2012-RRC de 4 de mayo, que abordan la problemática en cuestión, detallando las oportunidades en las que se procedió a la audiencia de juicio, a más de enfatizar que las interrupciones prolongadas impidieron a los jueces ciudadanos tener un conocimiento cabal de todo lo desarrollado en la audiencia de juicio, razón por la cual este Tribunal considera que este motivo debe ser analizado en el fondo del recurso