Auto Supremo AS/0061/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0061/2014

Fecha: 28-Feb-2014

Que, prosiguiendo con la verificación de los requisitos de admisibilidad, de la revisión de los

Que, prosiguiendo con la verificación de los requisitos de admisibilidad, de la revisión de los antecedentes que conforman el legajo procesal se tiene que los recurrentes, no cumplieron con la exigencia procesal contenida en el art, 416 del Código de Procedimiento penal, pues, a tiempo de interponer su Recurso e Apelación Restringida, cursante a fs. 147 a fs. 148 no invocaron ningún precedente contradictorio alguno en apoyo de los aspectos cuestionados del juicio y de la sentencia; al respecto la norma procesal contenida en el Art. 416 del Código de Procedimiento Penal establece:
Articulo 416.(Procedencia).El precedente contradictorio deberá invocarse por el recurrente a tiempo de interponer la apelación restringida