1)La recurrente refiere que la apelación restringida que formuló tenía como base central la existencia
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial de recurso de casación de fs. 952 a 955 vta., se extraen los siguientes motivos:
1)La recurrente refiere que la apelación restringida que formuló tenía como base central la existencia de errores in procedendo e in iudicando; sin embargo, el Tribunal de alzada no resolvió los puntos apelados bajo el argumento de que el recurso era genérico y no puntual, pese a que dicho Tribunal tenía la ineludible obligación de resolverlos conforme el mandato del art. 24 de la Constitución Política del Estado (CPE) que se refiere al derecho a la petición y de obtener una respuesta razonada y fundamentada, enfatizando que el Tribunal de apelación, tergiversó el recurso al expresar que no hubo precisión o la debida fundamentación de su parte. Sobre este punto refiere que reclamó que no se valoró la prueba en el sentido estricto; empero, el Auto de Vista impugnado no hizo referencia sobre este punto claro y contundente en sentido de: “si hay o no hay el delito de Estelionato” (sic). Cita el Auto Supremo 444 de 15 de octubre de 2005 y glosa un fragmento de un Auto Supremo que no identifica
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Notificada con el mencionado Auto de Vista el 17 de octubre de 2013 (fs
- 1)La recurrente refiere que la apelación restringida que formuló tenía como base central la existencia
- 2)Sostiene que el Tribunal de alzada tiene facultades para apreciar el procedimiento de judicialización de
- 3)También expresa que no se han considerado todos los aspectos relativos a la defectuosa valoración
- 4)No se ha aplicado correctamente las reglas de la sana crítica por parte del
- El art
- En ese contexto, el art
- Para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos prescritos en los
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Ingresando a la consideración de las condiciones de admisibilidad del recurso de casación en análisis,
- Respecto al resto de los motivos, se evidencia que la recurrente no llegó a postular
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
