4)No se ha aplicado correctamente las reglas de la sana crítica por parte del
4)No se ha aplicado correctamente las reglas de la sana crítica por parte del Tribunal de juicio, cuando se ha objetado la existencia de dos títulos de propiedad contrastables de las partes en juicio. Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 25/2010, 241-2006 de 6 de junio, 44/2005 de 16 de octubre de 2005 y 307/2003 de 11 de junio
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Notificada con el mencionado Auto de Vista el 17 de octubre de 2013 (fs
- 1)La recurrente refiere que la apelación restringida que formuló tenía como base central la existencia
- 2)Sostiene que el Tribunal de alzada tiene facultades para apreciar el procedimiento de judicialización de
- 3)También expresa que no se han considerado todos los aspectos relativos a la defectuosa valoración
- 4)No se ha aplicado correctamente las reglas de la sana crítica por parte del
- El art
- En ese contexto, el art
- Para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos prescritos en los
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Ingresando a la consideración de las condiciones de admisibilidad del recurso de casación en análisis,
- Respecto al resto de los motivos, se evidencia que la recurrente no llegó a postular
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
