Por memorial presentado el 2 de diciembre de 2013, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 024/2014-RRC
Sucre, 24 de marzo de 2014
Expediente : Tarija 1/2014
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada : Armando Ortiz Ozuna
Delito : Violación de Niño, Niña o Adolescente
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 2 de diciembre de 2013, cursante de fs. 264 a 272, Armando Ortiz Ozuna, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 09/2013 de 25 de octubre (fs. 248 a 250) y Auto Complementario 02/2013 de 18 de noviembre (fs. 253 y vta.) pronunciados por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Maribel Cecilia Rearte Gareca contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente; previsto y sancionado por el parágrafo primero del art. 308 Bis del Código Penal (CP), con la agravante establecida por el art. 310 inc. 2) de la misma norma legal sustantiva
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 024/2014-RRC
Sucre, 24 de marzo de 2014
Expediente : Tarija 1/2014
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada : Armando Ortiz Ozuna
Delito : Violación de Niño, Niña o Adolescente
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 2 de diciembre de 2013, cursante de fs. 264 a 272, Armando Ortiz Ozuna, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 09/2013 de 25 de octubre (fs. 248 a 250) y Auto Complementario 02/2013 de 18 de noviembre (fs. 253 y vta.) pronunciados por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Maribel Cecilia Rearte Gareca contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente; previsto y sancionado por el parágrafo primero del art. 308 Bis del Código Penal (CP), con la agravante establecida por el art. 310 inc. 2) de la misma norma legal sustantiva
- Por memorial presentado el 2 de diciembre de 2013, cursante de fs
- a) En mérito a la acusación formal presentada por el Ministerio Público (fs
- Del memorial de recurso de casación de fs
- Por Auto Supremo 007/2014-RA de 11 de febrero, se admitió el recurso de casación de
- Estando constituido el ámbito de análisis del recurso de casación, se establecen las siguientes actuaciones
- II
- En el presente recurso el recurrente denuncia que la audiencia de fundamentación del recurso de
- III.1. Del precedente contradictorio
- El Auto Supremo 61 de 27 de enero de 2007, emitido dentro de un proceso
- La celebración de la audiencia de fundamentación oral del recurso de apelación restringida, como parte
- La doctrina legal glosada fue establecida por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte
- Ahora bien, a partir del entendimiento desarrollado en el precedente, es menester tener en cuenta
- III.2. Análisis del caso concreto
- Esta precisión de antecedentes da cuenta en primer término que la denuncia del recurrente en
- Establecida la forma de resolución del presente recurso, debe dejarse constancia, que este Tribunal, consideró
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
