Auto Supremo AS/0033/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0033/2014-RA

Fecha: 24-Mar-2014

2) Denuncia también que, el Tribunal de alzada reconoció que el apelante citó erróneamente el


Complementa la fundamentación del agravio, manifestando que el imputado no precisó cuál es la aplicación que pretendía y que el Tribunal de alzada debería dar a su caso; en consecuencia, al no estar fundamentado el recurso y al no haberse cumplido con los requisitos mínimos, debió ser declarado inadmisible, no pudiéndose de oficio, ingresar a tratar el fondo de la apelación. Con ese accionar, a decir del recurrente, el Tribunal de apelación vulneró sus derechos y garantías de tutela judicial efectiva, seguridad jurídica e igualdad, contradiciendo los Autos Supremos 174 de 19 de junio de 2013, 9 de 30 de enero de 2003, 314 de 25 de agosto de 2006, 518 de 17 de noviembre de 2006, 442 de 22 de noviembre de 2005 y 409 de 19 de agosto de 2003.

2) Denuncia también que, el Tribunal de alzada reconoció que el apelante citó erróneamente el inc. 6) del art. 370 del CPP; empero, los Vocales en lugar de mantener la observación, le favorecieron mejorando su recurso, pues consideraron disposiciones legales que supuestamente hubieran sido vulneradas por el Juez, que no fueron objeto de apelación, con lo cual se demuestra que el Tribunal de apelación resolvió de forma ultra petita, infringiendo los arts. 398 y 407 de la norma adjetiva penal precitada. En este motivo invoca como precedentes, los Autos Supremos 174/2013, 87/05, 357/09, 175/06, 410/06 y 244/07