Auto Supremo AS/0038/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0038/2014

Fecha: 20-Mar-2014

Por otra parte, arguye que el Tribunal de Alzada no consideró la diligencia de notificación

Por otra parte, arguye que el Tribunal de Alzada no consideró la diligencia de notificación de la Sentencia de fojas 53, la que debió ser practicada por el Oficial de Diligencias como “…ordena el Artículo 137 numeral 4 y romano II del Código de Procedimiento Civil, debiendo el oficial de diligencias notificarme en forma personal…” No obstante, anota, se notificó al Edil Carrión en representación de ENFE y no cursa firma del testigo de actuación, a diferencia de la diligencia practicada a fojas 29, por lo que se dejó a la demandada en estado de indefensión, además de constituirse la Sentencia Nº 16/2008, en una pieza nula de pleno derecho