Por otro lado, considerando la naturaleza jurídica de los recursos extraordinarios señalados, es pertinente indicar
Por otro lado, considerando la naturaleza jurídica de los recursos extraordinarios señalados, es pertinente indicar que a través del recurso de casación en el fondo, no se pueden analizar aspectos o denuncias relativas a la existencia de errores in procedendo o violaciones en las formas esenciales del proceso, cuyo análisis y resolución corresponde al recurso de casación en la forma; ni viceversa, es decir, analizar aspectos concernientes al recurso de casación en el fondo -cuya materia es el análisis de los in judicando- a través del recurso de casación en la forma
- II. CONSIDERANDO
- Que, tramitada la causa, el Juez de Partido Tercero de familia de la ciudad de
- En grado de apelación deducida por la demandante Rosmery Luizaga Salinas, la Sala Civil Primera
- 3.1. Denuncias del Recurso Casación
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- Que la jurisprudencia sentada por este Tribunal estableció de manera reiterada que el recurso de
- Por otro lado, considerando la naturaleza jurídica de los recursos extraordinarios señalados, es pertinente indicar
- En la especie el recurrente, omite precisar en qué consiste la violación, cuál debía ser
- Tan defectuoso es el recurso, que el recurrente con desconocimiento de lo que es un
- En consecuencia, al no haber cumplido el recurrente con la carga legal prevista en el
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- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro de Tomas de Razón 42/2014
