Que la uniforme jurisprudencia sentada por este Tribunal ha dejado establecido que el recurso de
3.3. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
Que la uniforme jurisprudencia sentada por este Tribunal ha dejado establecido que el recurso de casación constituye una demanda nueva de puro derecho, que se concede -conforme establece el artículo 250 del Código de Procedimiento Civil- para invalidar una sentencia o auto definitivo en los casos expresamente señalados por Ley y podrá ser de casación en el fondo, en la forma o en ambos a la vez. Cuando el recurso de casación es en el fondo, se deben circunscribir los hechos denunciados a las causales de procedencia establecidas por el artículo 253 del adjetivo Civil, cuya finalidad es la casación del auto de vista recurrido y la emisión de una nueva resolución unificando la jurisprudencia e interpretación de las normas jurídicas o creando nueva jurisprudencia; en tanto que si se plantea en la forma debe adecuarse la acción a las previsiones establecidas en el artículo 254 del mismo cuerpo legal, persiguiendo la anulación de la resolución recurrida o del proceso mismo, con o sin reposición, cuando se hubieren violado las formas esenciales del proceso, sancionadas con nulidad por la ley. En ambos casos, son de inexcusable cumplimiento los requisitos establecidos en el artículo 258 numeral 2) del Código de Procedimiento Civil, es decir, citar en términos claros, concretos y precisos la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente y especificar en qué consiste la violación, falsedad o error
- II. CONSIDERANDO
- Que, tramitada la causa, el Juez de Partido Primero de Familia de Tarija emitió la
- En grado de apelación deducida por el demandado Héctor Samir Reyes Serrudo, la Sala Civil
- Casación en el fondo
- Finaliza su recurso solicitando se dicte resolución casando el auto de vista en todas sus
- 3.2. Contestación al recurso de casación
- Que la uniforme jurisprudencia sentada por este Tribunal ha dejado establecido que el recurso de
- Recurso en la forma
- En atención a lo precedentemente referido y a los fundamentos expuestos en el recurso de
- Tan defectuoso es el recurso que concluye, solicitando que se "dicte AUTO SUPREMO casando el
- Recurso en el fondo
- En consecuencia, al no haber cumplido el recurrente con la carga legal prevista en el
- IV
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro de Tomas de Razón 43/2014
