Sobre esta temática, el profesor Durán expresó que el debido proceso es el derecho que
Este tribunal respecto a la garantía del debido proceso y la salida alternativa de procedimiento abreviado señaló en el Auto Supremo 109/2013-RRC de 22 de abril, que: “En el ordenamiento jurídico nacional, el debido proceso se encuentra reconocido en la Constitución Política del Estado en una triple dimensión tanto como derecho, garantía y principio. El debido proceso como derecho se encuentra establecido en el art. 115.II de la CPE, señalando que: ‘El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones’; por otro lado como garantía, dispone el art. 117.I de la referida Ley fundamental, en sentido que ‘Ninguna persona puede ser condenada sin haber sido oída y juzgada previamente en un debido proceso. Nadie sufrirá sanción penal que no haya sido impuesta por autoridad judicial competente en sentencia ejecutoriada’; finalmente conocida como un principio procesal en el art. 180.I de la CPE, estableciendo que: ‘La jurisdicción ordinaria se fundamenta en los principios procesales de gratuidad, publicidad, transparencia, oralidad, celeridad, probidad, honestidad, legalidad, eficacia, eficiencia, accesibilidad, inmediatez, verdad material, debido proceso e igualdad de las partes ante el juez’.
Sobre esta temática, el profesor Durán expresó que el debido proceso es el derecho que tiene todo encausado a ser oído y juzgado con las debidas garantías, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, instituido con anterioridad al hecho y dentro de los márgenes de tiempo establecidos por ley. (Durán Ribera, Willman Ruperto. Principios, derechos y garantías constitucionales. Editorial el País. Año 2005. Pág. 134)
- Por memorial presentado el 23 de diciembre de 2013, cursante de fs
- a) En mérito al requerimiento de aplicación de procedimiento abreviado (fs
- b) Contra dicha determinación, el imputado interpuso recurso de apelación restringida el 26 de agosto
- Del memorial de recurso de casación de fs
- Mediante Auto Supremo 6/2014 de 10 de febrero, se declaró admisible el recurso para su
- II
- III.1. Del precedente contradictorio
- Que los defectos absolutos no son susceptibles de convalidación, no así los defectos relativos los
- La citada Resolución fue emitida dentro de un proceso penal seguido por la comisión del
- III.2. El debido proceso vinculado al procedimiento abreviado y la presunción de inocencia
- Sobre esta temática, el profesor Durán expresó que el debido proceso es el derecho que
- Precisamente una de la formas de finalizar un conflicto penal es conocida como el procedimiento
- Respecto al trámite, el art
- En cuanto a la presunción de inocencia, el art
- Esta garantía, es la que inspira al proceso penal de un Estado democrático de derecho,
- III.3. Análisis del caso concreto
- En el caso analizado, la denuncia esencial del recurrente está referida a que el Tribunal
- Ahora bien, del contenido del Auto de Vista impugnado, se evidencia que la Sala Penal
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
